Este miércoles 14, la Corte de Constitucionalidad suspendió provisionalmente varios artículos de las reformas a la ley de Organizaciones No gubernamentales decreto  4-2020

La máxima corte presento y resolvió varias acciones de inconstitucionalidades que fueron presentadas por organizaciones civiles quienes presentaron varias inconstitucionalidades contra la normativa que entró en vigencia el  mes pasado

Que Significa la suspensión provisional?

“Esta suspensión provisional lo que significa es que pone en suspenso o quita temporalmente algunas palabras algunas frases, respecto al decreto 4-2020 que incluyen que frases, lo referente a lo corte ha suspendo   Control art, 1 y liquidación  artículo 1, y el articulo 6  tiene a lo relativo a la cancelación de las organizaciones  además esta suspensión se enfoca esta  medidas urgentes la cancelación a organizaciones».  Enfatizo el abogado  Alejandro Valverth  de la Asociación para el desarrollo Legislativo y la Democracia.

 

Cómo afecta este Decreto 4-2020 para las organizaciones civiles o colectivos en Guatemala?

“Que los beneficiaros del trabajo de las organizaciones no pueden ser  trabajadores ni socios, asociados  de estas organizaciones esto uno de los más complicados porque recordemos que las organizaciones comunitarios para esto efectivamente se asocian para buscar se desarrolla en sus pueblos en comunidades, esto se mantiene  el artículo 4  da una serie de organizaciones, las organizaciones tiene ubicarlo en base al trabajo que realizan  además tiene que inscribirlas modificar  los estatutos en el registro de las personas jurídicas, ya no tiene que  hacer temporalmente , Segeplan pero estas cuestiones sobre el cambio de y el cambio se tiene que poner a la organización el tipo que estipulan para esto tiene seis meses las organizaciones para poder hacer estos cambios recordemos que este plazo vence en en el mes de diciembre”

 

Además, menciono que hay algunos artículos que se mantiene pendiente y esto afecta para las organizaciones?

“No creo conveniente celebrar esta suspensión  provisional es insuficiente se debe ser un seguir con las manifestaciones por parte las organizaciones para que  la corte puedan reconsiderar o  emita sentencia y lo  haga a favor  de las organizaciones declarando inconstitucionalidad este decreto, porque los problemas se mantienen a pesar que le quitaron cierta gravedad,  esto vasevocar que en el transcurso de muchos meses  cientos de organizaciones van tener que desaparecer».

 

Valverth señalo que es necesario que  las organizaciones civiles y colectivos puedan presentar más inconstitucionalidades?

«Se pueden presentar mas inconstitucionalidades o se puede presentar una figura que se llama amigo de la Corte para  exponer a la CC.   la forma en lo que afecta y porque  se considera  que este decreto  viene hacer lesivo para las organizaciones y el  derecho de la asociación  reunión pacifica y manifestación».