16 Feb 2026, Lun

Libertad de acción y detención legal: Congreso subraya límites del Estado de Sitio

El día 19 de enero de 2026, en el Congreso de la República durante la primera Sesión Ordinaria Adicional, el pleno tomó algunas decisiones de interés para la población.

Acerca del decreto legislativo 1-2026, el congreso ratificó en un solo acto y con algunas modificaciones el Estado de Sitio, el Decreto Gubernativo 1-2026, emitido por el presidente de la República Bernardo Arévalo en consejo de ministros, que fue entregado el 18 enero  en respuesta por los actos de violencia entre pandillas hacía agentes de la Policía Nacional Civil PNC.

Luego de ser aprobado con 149 votos a favor, 1 en contra y 10 ausentes, estando  un total de 150 en quórum, el primer secretario del congreso, Juan Carlos Rivera, dictó el decreto con las siguientes modificaciones.

Foto: Congreso de la República.

Algunas de las ratificaciones:

Por ahora no se ha establecido horarios de encierro obligatorio para la población civil, el comericio, el trabajo y los servicios públicos continúan operando con normalidad.

El artículo 33 Derecho de reunión de manifestación, reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas, los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados; y la ley los regulará con el único objetivo de garantizar el orden público.

Todas las autoridades y entidades estatales, de cualquier naturaleza, están obligadas a prestar a la autoridad militar y civil la cooperación y auxilio que sea requerida, dentro del ámbito de su competencia.

Para la implementación de las medidas derivadas del presente Decreto, se actuará en estricta coordinación con el Ministro de Gobernación y demás dependencias del Organismo Ejecutivo cuando corresponda, tomando las acciones necesarias y pertinentes derivadas de la limitación de derechos constitucionales conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad.

Uno de los Artículos es el 5 Libertad de acción, toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella.

Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o por actos que no impliquen infracción a la misma, además el Artículo 6, detención legal, ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de orden librada con apego a la ley por autoridad judicial competente. Se exceptúan los casos de flagrante delito o falta.

Los detenidos deberán ser puestos a disposición de la autoridad judicial competente en un plazo que no exceda de seis horas, y no podrán quedar sujetos a ninguna otra autoridad. El funcionario, o agente de la autoridad que infrinja lo dispuesto en este artículo, será sancionado conforme a la ley y los tribunales, de oficio, iniciarán el proceso correspondiente.

En solidaridad con policías víctimas de ataques y sus familias, el pleno aprobó el Acuerdo Legislativo 3-2026, que lamenta y demuestra el pesar ante los hechos violentos contra la Policía Nacional Civil el domingo 18 de enero. Además, autorizaron un apoyo económico de Q300 mil a las familias de los agentes fallecidos y Q100 mil a los lesionados, y por todo el tiempo que dure el Estado de Sitio declarado por el Organismo Ejecutivo y aprobado por el Congreso.

Anteriormente el legislativo también abordó puntos importantes como la juramentación de postuladora al Tribunal Supremo Electoral TSE, en el hemiciclo parlamentario fue juramentada e instalada la Comisión de  Postulación que remitirá al Pleno la nómina de aspirantes a magistrados del TSE. La comisión quedó integrada por cinco integrantes y quien la dirigirá será el rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), Walter Mazariegos.

Foto: Congreso de la República.

También esta integrados por: Henry Arriaga, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Usac; Mynor Augusto Herrera, Rector de la Universidad Panamericana; José Ángel González Cuevas, Decano de Derecho de la Universidad del Occidente, y Gregorio José Saavedra Zepeda, representante del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).

Otros puntos importantes.

Al igual realizaron la convocatoria a la Corte de Constitucionalidad CC, donde se aprobó el acuerdo Legislativo 4-2026, que convoca a los profesionales de derecho interesados en optar al cargo de magistrado suplente de la Corte de Constitucionalidad por designación del congreso.

Sobre iniciativas de ley enviadas a comisiones legislativas para su análisis, está  La iniciativa 6697, reforma al código municipal, Comisión de Asuntos Municipales.

Iniciativa 6696, ley de gratitud en la emisión y actualización de antecedentes penales y policiales para la Comisión de Gobernación.